Con la firma de la hermana Martha Pelloni, desde la O.N.G. Infancia Robada de Goya se emitió un documento que advierte que este año podría quedar impune la muerte del niño de 4 años Nicolás Arévalo de Lavalle, a raíz de la prescripción de la causa por el manejo indebido de agroquímicos.
La hermana Pelloni a través de un documento con el titulo de ¿hay
denegación de justicia? sostiene que: “Terminó un año más de la
actividad judicial, y desde esta O.N.G. Infancia Robada de Goya, nos
proponemos hacer un balance objetivo y criterioso acerca del desempeño
que nuestra justicia penal provincial nos brinda día a día, siempre
parándonos al lado de y en el acompañamiento permanente a las víctimas
de delitos, siempre recordando que los Sres. Fiscales también son parte
trascendental de todas las causas penales.
Y decimos esto, porque últimamente algunas causas penales han comenzado a prescribir, sin llegar a obtener la denuncia penal ningún pronunciamiento útil para las víctimas de delitos.
Seguramente por la trascendencia y connotación que tuvo el caso, lo más indignante es que en abril de 2015, prescribirá la causa por la muerte del niño intoxicado con agrotóxicos en Puerto Viejo, Lavalle, donde el menor de tan solo cuatro años de edad, SANTIAGO NICOLÁS ARÉVALO, ha perdido la vida debido a la irresponsabilidad de los horticultores RICARDO NICOLÁS PRIETO y PEDRO PASCUAL PRIETO, ambos son hijo y padre, respectivamente, de la localidad de Lavalle.
Esta causa morirá sin duda
igual que lo hizo SANTIAGO NICOLÁS, y sin llegar el aparato judicial a
condenar o absolver a el o los responsables de la muerte de un niño
humilde e indefenso. ¡Qué injusticia!
Algunos podrán decir que las leyes no son funcionales a las necesidades de la sociedad; otros dirán que la Justicia y la Fiscalía se mantienen estáticas en estos casos, pese al enorme gasto que le cuesta a la sociedad mantener a las instituciones públicas.
Mientras tanto, mientras
esperamos que las leyes se modifiquen, o que la sana crítica de los
jueces sean funcionales al clamor de la sociedad, podemos reflexionar
diciendo, que de permitirse seguir con este tipo de criterio arribado en
las causas citadas anteriormente, resultaría mejor acaso hasta no
denunciar los delitos que conllevan una pena menor, pues hiere y ofende
en mayor medida a la víctima y sus familiares este tipo de respuesta
indolente por parte de quienes deben impartir justicia, que la propia
actitud ruin de los victimarios.
En suma, y de acuerdo con lo vivenciado diariamente, no caben dudas de que el órgano judicial penal es un sistema garantista, que otorga mayor privilegio y credibilidad a las pruebas y dichos vertidos por los imputados que a aquellas rendidas por los menores víctimas de delitos ante profesionales de la salud mental y/o familiares de aquéllos.
Para
colmo, los imputados cuentan con un “aliado” incondicional: LA
PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN dado el transcurso del tiempo, sin que el
órgano judicial alcance su efectiva vigencia en el resultado positivo de
las decisiones que la Constitución Nacional le ha encomendado.
Hna. Martha Pelloni
DNI 4091820” .
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